¿Los intercambios de cifrado solicitan una identificación?
Como observador entusiasta del panorama de las criptomonedas, tengo curiosidad por las medidas de seguridad implementadas por los intercambios de criptomonedas. Dada la naturaleza anónima de las criptomonedas, me pregunto: ¿los intercambios de criptomonedas suelen solicitar identificación (ID) a sus usuarios? Esta práctica, si se implementa, podría aumentar potencialmente la seguridad de las transacciones y ayudar a prevenir el fraude. Sin embargo, también plantea dudas sobre la privacidad y la protección de datos. Entonces, ¿cómo equilibran los intercambios de cifrado estas consideraciones y cuáles son los requisitos de identificación específicos, si los hay, que imponen?